Asesoramos a empresarios y personas que deseen realizar el cobro de incapacidades.
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artículo 142 del Decreto Ley 019 de 2012
Según lo establecido en el artículo 142 del Decreto Ley 019 de 2012las incapacidades dependiendo de su origen, si es laboral será a ARL Aseguradora de Riesgos Laborales quien las asuma. En caso que se determine como origen común será la EPS Empresa Promotora de Salud quien asuma el pago hasta los 180 días, posterior a esto, pasará al Fondo de Pensiones.